Código Civil - Reforma publicada el 02-09-2026

Reforma originada por el Decreto Número 20-2026
18 de septiembre de 2026 por
CodiLeyes
| Todavía no hay comentarios

📋 El 02-09-2026 fue publicado en el Diario de Centroamérica el Decreto Número 20-2026, que contiene reformas al Código Civil – Decreto Ley Número 106.

Se reforma el artículo 461 del Código Civil, Decreto Ley Número 106 del Jefe del Gobierno de la República.

El artículo 461 regula el aprovechamiento de los bienes nacionales de uso común y hasta esta reforma contenía una regla cerrada: los aprovechamientos especiales se otorgaban mediante concesión. Esa era la única figura admitida y, en la práctica, el único camino por el que un particular podía usar de manera privativa un bien de uso común.

La nueva redacción conserva el principio de que los bienes de uso común son inalienables e imprescriptibles y que todos los habitantes pueden aprovecharse de ellos con las restricciones que la ley establezca. Lo que cambia es el cierre del artículo: ahora los aprovechamientos especiales podrán realizarse mediante cualquiera de las figuras previstas en la legislación especial o la concesión, siempre conforme a los requisitos de las leyes aplicables.

El alcance es mayor de lo que sugiere su extensión. Al abrir el catálogo de figuras, el Código Civil deja de operar como límite frente a los regímenes especiales que crean derechos de aprovechamiento distintos de la concesión. El caso inmediato es el Usufructo Oneroso Portuario que el propio Decreto 20-2026 crea, pero la regla es general y alcanzará a cualquier ley especial que en el futuro diseñe una figura propia sobre bienes de dominio público.

Conviene tener presente que la reforma no modifica la naturaleza de los bienes ni autoriza su enajenación: la inalienabilidad y la imprescriptibilidad quedan intactas. Lo que se amplía es el abanico de títulos habilitantes para el uso.

⏱️ La vigencia de este Decreto iniciará 30 días después de su publicación en el Diario Oficial de Centro América.

📌 Si adquiriste tu ley antes de la publicación de esta actualización, tienes hasta el 30 de septiembre de 2027 para solicitar la incorporación gratuita a tu ley. ¡Visítanos y asegura tu código con la información más reciente!

❌ Posterior al plazo, se podrá incorporar la reforma por el precio de Q10.00.

⚠️ Te recordamos que este beneficio aplica únicamente en leyes en presentación de espiral.



CodiLeyes 18 de septiembre de 2026
Compartir
Etiquetas
Archivo
Iniciar sesión dejar un comentario