📜 El 8 de julio de 2025 fue publicado en el Diario de Centroamérica distintos Acuerdos que introducen nuevos reglamentos y complementan el Decreto Número 44-2016 Código de Migración.
Las actualizaciones son las siguientes:
REGLAMENTO DE REGISTRO DEL ESTATUS ORDINARIO MIGRATORIO DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE MIGRACIÓN
El 08 de julio de 2025 fue publicado en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Número IGM-017-2025 a través del cual se emite el REGLAMENTO DE REGISTRO DEL ESTATUS ORDINARIO MIGRATORIO DEL INSTITUTO GUATEMALTECO DE MIGRACIÓN.
El anterior Reglamento fue aprobado por medio del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. AMN 06-2025 publicado el 08 de julio de 2025 en el Diario de Centroamérica el cual además establece la derogación del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. 9-2019 que aprobó en su momento el Registro del Estatus Ordinario Migratorio del Instituto Guatemalteco de Migración.
REGLAMENTO DE RESIDENCIAS GUATEMALTECAS
El 08 de julio de 2025 fue publicado en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Número IGM-016-2025 a través del cual se emite el REGLAMENTO DE RESIDENCIAS GUATEMALTECAS
El anterior Reglamento fue aprobado por medio del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. AMN 05-2025 publicado el 08 de julio de 2025 en el Diario de Centroamérica el cual además establece la derogación del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. 008-2022 que aprobó en su momento el Registro de Residencias Guatemaltecas.
REGLAMENTO DE VISAS GUATEMALTECAS
El 08 de julio de 2025 fue publicado en el Diario de Centroamérica el Acuerdo Número IGM-015-2025 a través del cual se emite el REGLAMENTO DE VISAS GUATEMALTECAS
El anterior Reglamento fue aprobado por medio del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. AMN 04-2025 publicado el 08 de julio de 2025 en el Diario de Centroamérica el cual además establece la derogación del Acuerdo de Autoridad Migratoria Nacional No. 008-2023 que aprobó en su momento el Registro de Visas Guatemaltecas.
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⏱️ La vigencia de esta reforma iniciará tres meses después de su publicación en el Diario Oficial de Centro América.
👀 Si adquiriste tu ley posterior a la publicación de esta actualización, revisa que contenga los acuerdos que anteriormente describimos para asegurarte que se encuentra actualizada.
📌 Si adquiriste tu ley antes de la publicación de esta actualización, tienes hasta el 31 de julio de 2026 para solicitar la incorporación gratuita a tu ley. ¡Visítanos y asegura tu código con la información más reciente!
❌ Posterior al plazo, se podrá incorporar la reforma por el precio de Q10.00.
⚠️Te recordamos que este beneficio aplica únicamente en leyes en presentación de espiral.
📂Adjuntamos el documento PDF correspondiente a la publicación en el Diario Oficial de Centroamérica. Puedes consultarlo directamente desde tu dispositivo, especialmente si te resulta complicado visitarnos en nuestras tiendas físicas.